ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA DE INVESTIGACIÓN MULTIDISCIPLINARIA DE PROYECTOS UNIVERSITARIOS DE LIDERAZGO Y SUPERACIÓN ACADÉMICA (IMPULSA)
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PRIMERO.- Se crea el Programa de Investigación Multidisciplinaria de Proyectos Universitarios de Liderazgo y Superación Académica (IMPULSA), en el ámbito de la Coordinación de la Investigación Científica. |
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SEGUNDO.-
Los proyectos IMPULSA tendrán los siguientes objetivos:
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I.
Fomentar trabajos de investigación científica de mediano y largo plazo a efecto de impulsar temas y proyectos estratégicos de alto grado de complejidad que requieran la participación de investigadores en diferentes disciplinas;
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II. Promover la incorporación de un amplio número de estudiantes de doctorado en proyectos de mayor impacto; |
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III.
Fomentar actividades que generen trabajos multidisciplinarios;
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IV.
Promover proyectos de investigación científica para hacer frente a exigencias de avances y soluciones en temas de trascendencia, nacional o internacional, y
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V. Promover la colaboración con otras instituciones y organismos nacionales e internacionales interesados en los temas de cada proyecto. |
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TERCERO.-
Cada proyecto IMPULSA deberá tener las siguientes características:
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I. Participación mínima de cuatro entidades universitarias, de las cuales por lo menos una deberá ser escuela o facultad; |
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II. Contar con un coordinador académico; |
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III. Tener una duración de cuando menos tres años, pudiéndose renovar por periodos iguales, de acuerdo a las evaluaciones académicas generales y particulares correspondientes, y |
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IV. Ser aprobado por el Consejo Técnico de la Investigación Científica. |
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CUARTO.- La propuesta para cualquier proyecto nuevo deberá ser presentada a consideración del Coordinador de la Investigación Científica quien, en su caso, lo enviará al Consejo Técnico de la Investigación Científica para su aprobación definitiva. |
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SEXTO.- En los proyectos IMPULSA podrá participar cualquier investigador, profesor o técnico académico de la Universidad. No se crearán explícitamente nuevas plazas para el desarrollo de los proyectos. |
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SÉPTIMO.- La Rectoría, a través de la Coordinación de la Investigación Científica asignará los fondos destinados para el desarrollo de los proyectos IMPULSA, en función de las posibilidades presupuestales. Estos recursos serán preasignados y sólo podrán utilizarse para financiar requerimientos específicos de los proyectos en cuestión, y serán intransferibles. La distribución de estos fondos dependerá de la Coordinación de la Investigación Científica. La continuidad de los montos del apoyo económico dependerá del dictamen favorable del Comité Externo. |
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OCTAVO.- La Coordinación de la Investigación Científica, la Secretaría Administrativa y el Patronato Universitario, vigilarán la correcta administración de los recursos asignados a los proyectos IMPULSA, así como la de los recursos extraordinarios que los mismos generen. |
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NOVENO.-
Al personal académico de carrera de tiempo completo que participe en los proyectos IMPULSA se le renovará automáticamente el nivel que tiene asignado en el PRIDE, durante el periodo en que permanezca en el proyecto, salvo que dicho proyecto se cancele o el académico decida solicitar un nivel superior al que tenga en el PRIDE al inicio del proyecto.
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DÉCIMO.- Todos aquellos asuntos no previstos en el presente instrumento serán desahogados por el Coordinador de la Investigación Científica previo acuerdo con el Rector. |
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QUINTO.- Cada uno de los proyectos IMPULSA contará para su evaluación y seguimiento, con las siguientes instancias: |
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I.
Un Comité Externo integrado por dos investigadores extranjeros y un nacional, nombrado por el Rector a propuesta del Consejo Técnico de la Investigación Científica.
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II.
El Consejo Técnico de la Investigación Científica será el responsable de dar seguimiento a los proyectos.
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III.
Un Coordinador Académico, nombrado y removido libremente por el Rector a propuesta del Coordinador de la Investigación Científica, quien será el encargado de:
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TRANSITORIO |
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ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta UNAM.
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Ciudad Universitaria. D.F., 15 de Diciembre de 2004
Publicado en Gaceta UNAM el día 6 de Enero de 2005 |
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Modifica o adiciona el Acuerdo por el que se adscriben los programas universitarios y las áreas de la extinta Coordinación de Vinculación a las coordinaciones de la Investigación Científica y de Humanidades, publicado en Gaceta UNAM el día 6 de marzo de 2000. Se relaciona con los acuerdos: que reorganiza la Secretaría Administrativa de la Universidad Nacional Autónoma de México, y por el que se apoya a las entidades académicas y dependencias universitarias generadoras de ingresos extraordinarios, publicados en Gaceta UNAM los días 15 de noviembre de 2001 y 23 de junio de 2003, respectivamente. |
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Acuerdos Relacionados: |