ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA UNIVERSITARIO DE CIENCIA E INGENIERÍA DE MATERIALES
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: : : : : : ACUERDO : : : : : : |
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PRIMERO. Se crea el Programa Universitario de Ciencia e Ingeniería de Materiales, PUCIM, con adscripción a la Coordinación de la Investigación Científica. |
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SEGUNDO. El PUCIM tendrá los siguientes objetivos: |
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I. Fomentar en la UNAM los trabajos del área al más alto nivel técnico y académico; |
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II. Fomentar en lo posible, la formación de recursos humanos, la información, la documentación y la difusión sobre el área; |
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III. Apoyar y fomentar la colaboración entre investigadores de dependencias universitarias relacionadas en el área de los materiales con el fin de resolver problemas en entidades del sector público, privado y social, y |
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IV. Promover la creación de grupos multidisciplinarios en el área de los materiales para resolver temas y problemas con alto grado de complejidad, que requieran la participación de investigadores en diferentes disciplinas. |
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TERCERO. Para el logro de sus objetivos, el PUCIM desarrollará las siguientes funciones: |
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I. Promover y coordinar investigaciones multidisciplinarias relacionadas con la Ciencia e Ingeniería de Materiales; |
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II. Promover y coordinar conferencias, seminarios, mesas redondas sobre temas vinculados con el área; |
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III. Analizar los recursos humanos y la infraestructura existente en la UNAM, en relación con este Programa Universitario, así como también la disponibilidad de los mismos; |
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IV. Apoyar y colaborar en el desarrollo de programas académicos de formación de recursos humanos en el área; |
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V . Publicar los resultados de los proyectos o investigaciones promovidos por este Programa Universitario, así como también las demás actividades que se desarrollen vinculadas al Programa; |
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VI. Promover proyectos de investigación científica y/o tecnológica, con los sectores público, privado y social, nacionales o internacionales, relacionados con la Ciencia e Ingeniería de Materiales; |
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VII. Crear un sistema de información relacionado con problemas y necesidades del sector académico e industrial en el área de materiales; |
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VIII. Asesorar al sector industrial público y privado en las áreas del conocimiento de la Ciencia e Ingeniería de Materiales, y |
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IX. Promover el establecimiento de acuerdos y convenios de colaboración con otras instituciones y organismos nacionales e internacionales interesados en este tema. |
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CUARTO. El PUCIM contará con las siguientes instancias organizativas y de operación: |
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I. Un Comité Directivo integrado por el Coordinador de la Investigación Científica quien fungirá como su presidente, el cual será sustituido en su ausencia por el Secretario de Investigación y Desarrollo; por el Director de los Programas Universitarios quien fungirá como Secretario; por el Coordinador del Programa, y por cinco representantes de los distintos subsistemas de la Universidad que tienen relación con las actividades del PUCIM, invitados en forma directa por el Coordinador de la Investigación Científica. |
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II. Un Coordinador, a cuyo cargo estará el Programa y quien será designado o removido libremente por el Coordinador de la Investigación Científica, y |
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III. Un Comité Académico Asesor, integrado por tres miembros de la comunidad científica de la Universidad especialistas y de reconocido prestigio en el tema de los materiales, y dos representantes de los usuarios nacionales de la investigación en el tema, todos ellos invitados por el Coordinador de la Investigación Científica. |
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QUINTO. Corresponderán al Comité Directivo del PUCIM las siguientes funciones: |
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I. Dirigir las acciones del Programa; |
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II. Establecer las políticas generales y delinear los proyectos de trabajo; |
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III. Analizar y aprobar en su caso, los proyectos interdisciplinarios que sean presentados dentro del Programa; |
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IV. Promover las aportaciones y/o apoyos presupuestales para el desarrollo de los proyectos, y |
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V .
Elaborar un informe anual a las autoridades y a la comunidad universitaria sobre los resultados del Programa.
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SEXTO. El Coordinador del Programa tendrá a su cargo las siguientes funciones: |
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I. Coordinar los proyectos que sean aprobados por el Comité Directivo y supervisar su adecuado funcionamiento; |
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II. Vincular a los diferentes grupos de la UNAM que trabajan en el área de los materiales; |
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III. Elaborar con el Comité Académico Asesor dictámenes sobre las propuestas y resultados obtenidos en los proyectos desarrollados, e |
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IV. Informar al Director de Programas Universitarios sobre la evolución y resultados parciales del Programa. |
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SÉPTIMO. Corresponderá al Comité Académico Asesor fungir como un órgano de apoyo al Programa, así como asesorar al Coordinador en los aspectos académicos, técnicos, operativos y éticos que requiere la investigación relativa a los materiales. |
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OCTAVO. La Coordinación de la Investigación Científica contemplará en sus proyectos presupuestales los recursos necesarios para apoyar el funcionamiento del PUCIM y vigilará su correcta administración, así como la de los recursos extraordinarios que el Programa genere. |
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TRANSITORIOS |
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PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta UNAM.
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Ciudad Universitaria. D.F., 1 de Marzo de 2001
Publicado en Gaceta UNAM el día 1 de Marzo de 2001 |
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